Nuevo Código Penal en Honduras: ¿Retroceso o Modernización en la Justicia Penal Hondureña?

El Congreso hondureño aprobó el Decreto Legislativo número 130-2017 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de mayo de 2019, contentivo del nuevo Código Penal (reconocido popularmente como “El Código de la Impunidad”) que, en medio de la crisis sanitaria generada por la pandemia del Covid-19 y bajo las restricciones de garantías fundamentales derivadas de los decretos de emergencia y del estado de sitio declarado por el Gobierno de la República de Honduras, entró en vigor el pasado 25 de junio, –tras años de discusión en el Congreso, objeciones y suspenso, y finalmente vencerse la última extensión para su vigencia–.

El anteproyecto de la nueva ley fue aprobado en el 2019, tras un sinnúmero de objeciones por parte de organizaciones civiles y la oposición política que, en un día antes de la entrada en vigor, los congresistas de la oposición instalaron vía zoom un “Parlamento Paralelo” o Congreso Nacional paralelo, para “abrogar” el Código Penal; sin embargo, sin surgir ningún efecto legal, la nueva ley entró en vigor al vencerse la última extensión de la figura “vacatio legis” que es el período natural que transcurre desde la publicación hasta la entrada en vigencia a fin que la población se familiarice con la nueva normativa.

Los críticos de la nueva ley –entre otras disposiciones–, afirman que el Código Penal facilita la impunidad con la que opera el crimen organizado, reduce penas por delitos de corrupción, el uso indebido de los recursos públicos, de violencia conta la mujer y la niñez, e incluye delitos que restringen la libertad de expresión y libertad de prensa, entre otros flagelos que afectan al país.

En opinión del director del Foro Social de la Deuda Externa y Desarrollo de Honduras (FOSDEH), el Código Penal es "una de las partes finales de una trama que conspira contra la administración de Justicia en Honduras y nos vuelve más dependientes a una administración de justicia extraterritorial". Asimismo, el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) –que es una organización civil enfocada en prevenir, disuadir y combatir la corrupción en Honduras–, ingresaron un recurso de inconstitucionalidad en contra del nuevo Código Penal, ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y manifestaron que el Código Penal es un instrumento para facilitar el crimen organizado y debilitar la investigación criminal porque “la intención de muchos congresistas ha sido legislar para blindarse y evitar que la justicia llegue a ellos, por haber cometido diferentes hechos delictivos ya sea de corrupción o narcotráfico”. Incluso la corrupción en Honduras es la principal causante del desempleo y la pobreza que afecta alrededor del 60 por ciento de los 9,3 millones de hondureños[1], y, por otro lado, los datos colocan a Honduras como parte de un grupo de países con mayores índices de impunidad en el mundo, acorde al informe del Índice Global de Impunidad, elaborado por el Centro de Estudios Sobre Impunidad y Justicia (CESIJ)[2].

Al contrario, sus defensores argumentan que las organizaciones civiles, en conjunto con la oposición política, han emprendido campañas para desprestigiar la nueva ley y lo defienden como un proyecto de ley encaminado a modernizar la legislación, porque el Código Penal anterior –hoy abrogado– databa de 1983 (es decir, 36 años desde su vigencia) que desentonaba con la evolución de los delitos, sus penas y la realidad hondureña.

En opinión del actual Presidente del Congreso Nacional "todos los sectores tuvieron la oportunidad y el espacio para presentar al Parlamento sus observaciones y recomendaciones sobre el Código Penal”, quien además afirmó, que la nueva norma será de "gran beneficio para la Justicia" de Honduras. Bajo esa primicia, el Código Penal contempla alrededor de 50 nuevas figuras delictivas relacionados con: delitos informáticos, económicos, de lesa humanidad, contra la naturaleza humana, crueldad, maltrato y abandono contra animales, entre otros. Asimismo, la despenalización de la difamación como un “delito contra el honor”. Resultando este último, una victoria para la libertad de prensa en Honduras a raíz que los periodistas enfrentaban y continúan enfrentando grandes retos en su intento de comunicar a la población hondureña.

Sin embargo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, han manifestado que tanto la calumnia, como la injuria que aún contempla el Código Penal, son tipos penales que se prestan al abuso para silenciar ideas, opiniones y el rompimiento del debate crítico, conllevando a la incompatibilidad con la Convención Interamericana de Derechos Humanos que obliga a Honduras y a los demás “Estados Parte” a cumplir con sus preceptos; por lo que, han exhortado al Estado de Honduras a rectificar, y amenazan con elevar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Actualmente –tras 55 días de vigencia–, y sin perjuicio de lo que se derive del recurso de inconstitucionalidad en contra del Código Penal, aún subsiste la falta de un criterio unificado entre los sectores del país, generando dos grandes interrogantes: ¿Existen violaciones a preceptos constitucionales y a las convenciones internacionales en materia de derechos humanos?, o bien, ¿El nuevo Código Penal cumple a plenitud con la legalidad y es un ejemplo de aire de modernización?

A este punto, es irrefutable que lo que Honduras necesita es una revisión urgente del contenido de la nueva ley, para administrar la justicia bajo la legalidad de un sistema justo y eficaz; además de acciones y propuestas objetivas que ayuden a eliminar los altos niveles de corrupción e impunidad.

  1. Fuente: Banco Mundial (2018).
  2. Fuente: Informe del Índice Global de Impunidad. (2017). Elaborado por: Centro de Estudios Sobre Impunidad y Justicia (CESIJ).

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